Atención a vicios ocultos
Servicio mediante el cual, los beneficiarios de las viviendas, dentro de los 2 primeros años a partir de la terminación de la obra, presentan una solicitud de atención a vicios ocultos, que son los detalles inherentes a la obra que sólo pueden detectarse a través del tiempo y del uso de las instalaciones.
Persona física. Beneficiarios del Programa de Vivienda en Conjunto, cuyas viviendas no tengan más de dos años desde su terminación.
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